TRASPASO VISA COLOMBIANA

TRASPASO VISA COLOMBIANA

El Extranjero podrá solicitar ante la autoridad migratoria,  el Traspaso de la visa por deterioro, cambio o pérdida del pasaporte o por cambio de etiqueta de la visa de Residente, cuando se requiera alguna aclaración o cambio de entidad, u ocupación empleador con el lleno de los requisitos señalados. El Ministerio de Relaciones Exteriores, señaló el valor de los derechos que se causarán en razón del estudio de solicitud, la expedición y traspaso de las visas. La información y los documentos relacionados con la solicitud de una visa, tienen carácter reservado y solo se podrán dar a conocer o expedir copia de la imagen oculta al interesado, su apoderado, o la autoridad competente, previa autorización escrita otorgada por la secretaria general del Ministerio de Relaciones Exteriores. Período de re cedulación. Los extranjeros titulares de visa de residente calificado RE sin excepción, deberán presentar ante la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, para renovar su Cédula de Extranjería, dentro de los (24) meses siguientes a la entrada en vigencia del decreto 0834 de 2013. Vencido el término indicado anteriormente, solo será valida la Cédula de Extranjería expedida en el formato dispuesto por la autoridad migratoria. Para la solicitud de renovación de la Cédula de Extranjería ante la  UAEMC , el Extranjero deberá tener estampada la visa en el pasaporte vigente de conformidad con lo establecido en el mencionado decreto.

¿En qué consiste el traspaso de visa?

Es un procedimiento procedimiento mediante el cual, se autoriza o no la reexpedición de una visa colombiana, Este trámite puede solicitarse en los siguientes casos:
  • Por pérdida o robo del pasaporte.
  • Por cambio de pasaporte si el titular lo desea dependiendo el caso.
  • Para los titulares de visa Residente Permanente (R), deben solicitar el traspaso cada 5 años.

Requisitos de traspaso de visa

Para el procedimiento de traspaso, el solicitante debe cumplir con los requisitos generales de solicitud de visa, además de los siguientes:
  1.  Copia de la visa que desea traspasar y de la cédula de extranjería, cuando aplique.
  2.  Certificado de movimientos migratorios expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
  3.  Documento que certifique o acredite la vigencia de las condiciones que dieron lugar al otorgamiento de la visa. Este requisito no aplica para el traspaso de la visa Residente Permanente (R).
  4.  Carta en la que se manifieste el motivo del traspaso.

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