Guia completa para visa de cónyuge en Colombia.
Hemos recibido muchas solicitudes por parte de extranjeros de como legalizar la situación migratoria de sus cónyuges en el territorio colombiano. Esto lo podemos hacer a través de la visa Tipo M de Cónyuge Nacional Colombiano, esta categoría de visa es establecida por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería), mediante la Resolución 5477 para estos casos en particular.
En este video hablaremos de la generalidades y requisitos para aplicar a esta visa de Cónyuge:
La Visa de Cónyuge o compañero permanente en la categoría de Migrante. En Colombia es muy común encontrar ciudadanos extranjeros casados o en unión marital del hecho con nacionales colombianos. Por lo cual el Ministerio de relaciones Exteriores de Colombia creó la visa Migrante de Cónyuge Nacional Colombiano por tres (3) años para los extranjeros casados (esposos) o en Unión marital de hecho con ciudadanos Colombianos.
Los extranjeros que contraen matrimonio o tienen una unión con un nacional colombiano, pueden solicitar Visa migrante de Cónyuge. Se entiende por “cónyuges” aquellas personas que mantienen un vínculo matrimonial o análogo, inscrito en un organismo público ya sea en Colombia o en el exterior.
REQUISITOS DE VISA DE CONYUGE EN COLOMBIA
- Pasaporte con una Vigencia mínima de seis (6) meses O 180 días.
- Copia de sello de entrada como turista (Permiso PIP -5 por 90 días).
- Prorroga o extensión de sello de turismo emitida por Migración Colombia en caso de poseerla.
- Copia auténtica del registro civil de matrimonio colombiano, expedida dentro los 3 meses previos a la solicitud de la visa;
- Carta de solicitud suscrita por el cónyuge colombiano, en la cual solicite la visa para el cónyuge extranjero y manifieste la convivencia efectiva. En la carta deberá informarse con claridad el teléfono de contacto del cónyuge colombiano, su dirección física y electrónica y deberá acompañarse de copia sencilla de la cédula de ciudadanía.
- Poder especial, con diligencia de reconocimiento de contenido y firma ante notario o cónsul colombiano para que la pareja extranjera solicite este tipo de visa.
- Certificado de movimientos migratorios del extranjero expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y de su cónyuge colombiano.
- Si el Matrimonio se realiza en el exterior (fuera de Colombia), el ciudadano extranjero debe traer el documento traducido al español , Apostillado o Legalizado de acuerdo al país de Origen.
- En todos los casos, la permanencia del extranjero titular de esta visa será del total de su vigencia con múltiples entradas al país.
- Recuerde que esta categoría de visa se obtiene con un vínculo marital debidamente registrado entre un nacional colombiano y un extranjero, si llegara el caso de una separación conyugal (divorcio) el extranjero deberá tramitar otro tipo de visa para permanecer legalmente en Colombia.
Cuando la solicitud de visa en calidad de compañero (a) permanente de nacional colombiano se presente ante una oficina Consular de la República, se acepta el documento valido que verifique la Unión Marital de Hecho de acuerdo con las leyes del país receptor.